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Coronavirus y desempleo: 5 claves laborales importantísimas

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5 claves laborales importantísimas en tiempos de pandemia

Coronavirus y desempleo: 5 claves laborales

Estamos ante un  coronavirus pandémico, mortiferamente selectivo de los más débiles, que nos arranca a los que nacieron un poco antes con terrorífica diligencia. Esta situación tan dramática, ha obligado a muchas personas a permanecer en sus casas, sin poder ir a trabajar, por ejemplo. Por lo que irremediablemente este coronavirus, ha abocado a miles de personas al desempleo, bien por un ERTE o por cierre de la empresa. Estas 5 claves laborales pueden aclararte algunas dudas.   

Más tarde que pronto un decreto nos metió en casa se paró el mundo laboral

Imaginar a finales de año que aquel virus del que nos llegaban noticias desde China, iba a tener estas consecuencias, era impensable. Pero la COVID-19 llegó y arrasó, dejando tras de los contagios, miles de muertos, y otros tantos muy enfermos. Más tarde que pronto un decreto nos metió en casa, a casi todos. Y tras las calles vacías y todos los negocios cerrados, miles de dramas de índole laboral, y de consecuencias económicas funestas, se cierne sobre muchos autónomos y otros tantos trabajadores por cuenta ajena.  

Medidas y claves laborales importantísimas para el paro y sus prestaciones.

A momentos especiales medidas exclusivas, es decir hay unas medidas que se ponen en vigor sólo y durante el estado de alarma, y mientras las oficinas del INEM estén cerradas. Lo dicho, son medidas excepcionales.

5 CLAVES LABORALES IMPORTANTES  PARA ACLARAR DUDAS 

1. No hay que sellar la tarjeta del paro.

Mientras dure el estado de alarma establecido por el gobierno, no será necesario sellar la tarjeta del paro. El servicio de tu comunidad renovará de oficio todas las demandas de empleo que estén en situación de alta o suspensión, a fecha 16 de marzo de 2020 y, al menos, por el período de vigencia del citado Estado de Alarma. Más Información.

2. El periodo de quince días para pedir el paro cambia.

Debido a las circunstancias todo se para o cambia. Los plazos también, lo que ocurre con el cobro del paro es lo siguiente. En el momento que la empresa notifique el ERTE, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), éste confirmará el alta automáticamente de los trabajadores para que cobren el paro. El plazo máximo para gestionar el ERTE es de cinco días.

3. Los afectados por un ERTE.

El contratado afectado por un ERTE al finalizar el periodo estipulado, no queda desprotegido. O bien se suspende su contrato por cese de la empresa, o bien se ve afectado por reducción de jornada. De cualquier forma el SEPE responde. Tras la notificación de la empresa se tramitará todo de forma automática para que se active la prestación.

4. Durante un ERTE  no se  consume el paro.

Según las medidas extraordinarias tomadas por el Gobierno de España en estos tiempos de crisis sanitaria, se activa el <contador cero>. Es decir, que una vez pasen la interrupción del empleo a consecuencia de la pandemia la COVID-19, a los trabajadores no se les descontará el paro consumido de cara a futuro.

5. La ayuda familiar se renueva automáticamente.

Otra información muy valiosa de cara a la situación sin precedentes con la que lidiamos. Y es que los subsidios por desempleo, tanto el general como el que reciben los mayores de 52, se renovarán automáticamente. No es necesario presentar la consabida solicitud. Esto, recordar, serán medidas extraordinarias, y se indican en el artículo 27 sobre las medidas extraordinarias en tiempo de alerta nacional.

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